D. Legislativo 1310 beneficia a población de avanzada edad, pensionistas y de menores recursos.

D. Legislativo 1310 beneficia a población de avanzada edad, pensionistas y de menores recursos.


La Permanente preocupación fue puesto de manifiesto por el Colegio de Notarios de Lima (CNL) y la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú ante las autoridades del Poder Ejecutivo.

Principalmente en dos temas sensibles que finalmente fue abordado y atendido a través de las normas del Decreto Legislativo 1310, Decreto Legislativo que Aprueba Medidas Adicionales de Simplificación Administrativa, publicado en edición extraordinaria en el Diario Oficial El Peruano el 30 de diciembre de 2016.

Por un lado, se conceden nuevas facultades al Notario (Art. 4), a través de la Curatela especial para personas adultas mayores para efectos pensionarios y devolución del FONAVI, y por la cual procede la curatela especial en la vía notarial para las personas adultas mayores definidas por el artículo 2 de la Ley 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, que tengan la calidad de pensionistas o que sean beneficiarios de Ley 29625, Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que Contribuyeron al Mismo, con el único objeto de que puedan percibir su pensión, beneficios derivados de ésta o devolución de aportes económicos y siempre que cumplan la condición establecida en el inciso 2 del artículo 43 o en el inciso 3 del artículo 44 del Código Civil.

Con esta medida, se atiende en mejor forma el requerimiento de pensionistas y su familia, quienes debían recurrir al Poder Judicial en trámites que podían llegar a ser resueltos luego de año y medio o dos años, por la carga procesal y eventualidades como paralizaciones laborales u otros aspectos de público conocimiento.

Por otro lado, se establece una nueva regulación respecto de la restricción de la competencia de los Notarios que venía desde la Ley 30313, y su modificación, después, por el Decreto Legislativo 1232, para los actos de disposición y gravamen de predios que se encontraban en provincias distintas a la de su ubicación geográfica. Bajo la nueva legislación, los Notarios que cuenten con el sistema de identificación biométrica no estarán sujetos a la restricción que antes les impedía formalizar tales actos jurídicos. 

Estas dos medidas benefician a gran parte de ciudadanos, sobre todo a los de avanzada edad, pensionistas y personas de menores recursos, como siempre se reclamó por parte del Notariado, cuyo aporte lo será siempre en sintonía de mejorar los procedimientos, incluso los recientemente dispuestos, para un mayor alcance hacia otros sectores, compromiso que implique beneficio para la ciudadanía y el Estado, con responsabilidad social y seguridad jurídica.

Por ello, el Decano del Colegio de Notarios de Lima y Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú, Mario César Romero Valdivieso, ha manifestado su saludo a las autoridades del Gobierno, por haber asumido estas medidas de importante contenido social, dentro del marco de la política de simplificación, modernización y tecnología, de la mano de la seguridad jurídica que representa la función notarial.