Derechos de la información y las nuevas leyes en la materia en Uruguay. Derechos humanos y función notarial.

Derechos de la información y las nuevas leyes en la materia en Uruguay. Derechos humanos y función notarial.

 

Por Escr. Aída Noblía.

La revolución provocada por la instauración de las nuevas tecnologías de la información y comunicación (NTIC) da lugar a la creación de derechos humanos de nueva generación que se suman a los anteriores y a nueva legislación para proteger a la persona de los nuevos riesgos.

En esta denominada “sociedad de la información” surgen leyes para proteger a la persona en sus derechos en las distintas situaciones creadas.

En Uruguay se han dictado varias relativas a: derechos del consumidor electrónico (Ley 17.509), derechos de los productores de programas de ordenador y bases de datos electrónicas, a la justa remuneración de su trabajo (Ley 17.616), derecho a la protección de sus datos personales (Ley 18.331), Derechos a la información y las nuevas leyes en la materia en Uruguay derecho de acceso a la información (Ley 18.381), en especial a la información pública emanada de las entidades corporativas a fin de controlar el ejercicio democrático de los poderes y deberes jurídicos y la transparencia en el ejercicio de las funciones, derecho a la seguridad jurídica documental en el ámbito electrónico (Ley 18.600).

El notario latino en ejercicio de su triple labor asesora, formativa y autenticante de la voluntad de las partes en el ámbito privado, resulta útil a la realización de la justicia preventiva en este nuevo ámbito, incluida el área contractual moderna generada por este tipo de sociedad, como los contratos informáticos y telemáticos. Se incrementa su labor asesora en un medio en que el aceleramiento de los cambios exige a las personas guiarse por nuevos paradigmas y conocimiento de la nueva legislación para el ejercicio de sus derechos, cuando el mismo ritmo acelerado le impide tomar conocimiento de la normativa que se va generando y su aplicación concreta. Aquí el notario tiene una amplia gama de posibilidades para ejercer en forma efectiva su función.

El avasallamiento a los derechos de las personas a la protección de sus datos personales es uno de los nuevos derechos humanos más transgredidos y que más directamente afectan al sujeto de Derecho, tanto personas físicas como jurídicas. En protección adecuada, tanto de los datos personales comunes como los sensibles, el notario debe cumplir una labor asesora activa, así como también respecto a las personas jurídicas en cuanto el conocimiento de los datos internos es un capital de las empresas cuya vulneración les puede aparejar perjuicios económicos de gran entidad en una sociedad en que la información es la máxima fuente de poder.

En el área documental la aplicación de las nuevas tecnologías mediante el uso de firma electrónica y documentos electrónicos tanto en la sociedad como en las tareas notariales de gestión ante diversas oficinas públicas como en el propio ejercicio de la función notarial, es un camino de evolución ineludible que debe ser transitado con la máxima seguridad jurídica, unida a la tecnológica para tener una sociedad de la información adecuada a la protección de los derechos de las personas a través de documentos en los que se asienten indudablemente sus derechos y obligaciones. En este campo también el notario tiene una intensa labor en el nuevo ámbito.

El área específica de la contratación relativa a los bienes y servicios típicos de la sociedad de la información ofrece también al notario un nuevo y amplio campo laboral, a fin de obtener tanto en contratos informáticos como telemáticos, el logro de la justicia preventiva y de la protección de los derechos de las personas mediante asesoramiento y documentación adecuada en cada etapa del desarrollo de esta contratación. (Recibido el 22/11/2010, aprobado el 12/4/2011)


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