El Ministerio de Justicia de España convoca 100 plazas para la oposición a Notario.

El Ministerio de Justicia de España convoca 100 plazas para la oposición a Notario.

MINISTERIO DE JUSTICIA DE ESPAÑA

La oposición se celebrará en el Colegio Notarial de Andalucía, en las sedes de Sevilla y Granada. La designación de la sede y el tribunal se realizará con posterioridad mediante sorteo público que se celebrará en la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Se requiere ser español, mayor de edad y estar en posesión de título de Derecho. Hay 10 plazas del total que son para el turno de discapacidad.

11985 Resolución de 27 de julio de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se convoca oposición libre para obtener el título de Notario.

Esta Dirección General en ejercicio de las competencias que le están atribuidas en el artículo 10.1 g) del Real Decreto 725/2017, de 21 de julio (BOE 25 de julio), por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Justicia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, acuerda convocar oposición libre para obtener el título de Notario.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

La convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Normas Generales. 1. Se convoca oposición por turno libre para obtener el título de Notario, fijando en 100 el número de plazas que se convocan.

Segunda. Requisitos para participar en la oposición.
1. A esta oposición le será de aplicación el artículo 10 de la Ley del Notariado de 28 de mayo de 1862, modificado por la Disposición adicional decimoctava de la Ley 24/2001 de 27 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, el Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado y supletoriamente, las normas establecidas con carácter general para el ingreso en la función pública.
2. En consecuencia, los que aspiren a tomar parte en esta oposición deben reunir, en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias, las condiciones siguientes: 

1.ª Ser español u ostentar la nacionalidad de cualquier país miembro de la Unión Europea, o estar incurso en las situaciones previstas en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.ª Ser mayor de edad.
3.ª No encontrarse comprendido en ninguno de los casos que incapacitan o imposibilitan para el ejercicio del cargo de Notario.
4.ª Ser Doctor o Licenciado en Derecho o haber concluido los estudios de esta Licenciatura o estar en posesión del título de Grado en Derecho.
3. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

Tercera. Programa.
El programa que regirá los dos primeros ejercicios de la oposición fue aprobado por Resolución de esta Dirección General de 19 de julio de 2015 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de agosto), que aprueba el nuevo programa para el primer y segundo ejercicios y el anexo para el cuarto ejercicio de las oposiciones al título de Notario.

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