Notarios de Guatemala realizan traspaso electrónico de vehículos.

Notarios de Guatemala realizan traspaso electrónico de vehículos.

 

La Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), habilitó una nueva modalidad permitiéndole al Notario registrado ante la SAT, realizar gestiones de traspaso electrónico de propiedad de vehículos terrestres, utilizando agencia virtual; facilitándole al comprador y vendedor esta gestión, sin tener que acudir a una oficina y/o Agencia Tributaria.

 

No obstante, los profesionales notarios deberán cumplimentar algunos requisitos a fin de prestar éste servicio tales como: Firma Electrónica Avanzada, Decreto 47-2008; registro de huella dactilar en SAT, presentando únicamente DPI; ser Usuario de Agencia Virtual; y contar con la tecnología mínima requerida. Además la normativa establece una serie de regularidades a cumplimentar tales como: estar solvente de sus obligaciones tributarias, y ser Colegiado Activo, sin ninguna limitante para ejercer tanto en el Colegio de Abogados y Notarios como en el Archivo General de Protocolo.

Por otra parte, el comprador y vendedor para realizar la gestión ante notario deberá presentarse con el documento personal de Identificación, además de una copia; tarjeta de circulación del vehículo objeto de traspaso; el certificado de propiedad, presentando el reverso en blanco; el pago del impuesto sobre circulación de vehículos del año en curso; y por último el comprador no debe tener omisión del impuesto sobre circulación, con otros vehículos de su propiedad.

Realizada toda la gestión, el notario debe remitir en un plazo de 15 días hábiles al Registro Fiscal de Vehículos toda la documentación original que dieron fe del traspaso registrado.