Pionera España en garantizar los derechos digitales de los ciudadanos.

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El Pleno remite al Senado la ley orgánica de Protección de datos personales después de aprobar el dictamen de la comisión de Justicia

 

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado el dictamen elaborado por la comisión de Justicia relativo al proyecto de ley orgánica de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, iniciativa que seguirá su trámite en el Senado.

La ley tiene como objetivo adaptar al ordenamiento jurídico español el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo relativo a la protección del tratamiento de datos personales y libre circulación de datos, además de garantizar los derechos digitales de la ciudadanía. Esta última meta ha sido añadida por la Comisión de Justicia, ya que no estaba prevista en el proyecto dl Gobierno y tiene como objetivo desarrollar el artículo 18.4 de la Constitución Española, donde se estipula que una "ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos".

Para ello el dictamen también incorpora al proyecto una serie de medidas que reconocen y garantizan los derechos digitales, recopiladas en el Título X de la norma. Los legisladores opinan, no obstante, que además del desarrollo del artículo 18.4 CE que hace esta ley, es "deseable" una reforma constitucional más amplia para adaptarla a la era digital y "elevar a rango constitucional una nueva generación de derechos digitales".

Además, la ley en su Título I recoge una novedosa regulación de los datos referidos a las personas fallecidas donde se permite que, por motivos fundados, los familiares o personas relacionadas con el fallecido puedan solicitar el acceso a sus datos, su rectificación o incluso su supresión.

Por otra parte, el Título II contiene medidas destinadas a suprimir o rectificar "sin dilación" datos que sean inexactos, mientras que el Título III regula el derecho de los afectados a ser informados acerca del tratamiento de datos recogidos a través de dispositivos de videovigilancia o la instalación de dispositivos de almacenamiento masivo de datos, por ejemplo las cookies. La ley también aborda la transferencia internacional de datos en su título VI.

La norma acompaña a los nuevos derechos y deberes en la materia con un régimen sancionador en su Título IX donde contempla infracciones muy graves, graves y leves.

Al respecto el actual diputado del Congreso, Artemi Rallo, destacó que gracias a esta normativa, España se ha convertido “en el primer país europeo” con una ley que “de forma sistemática” garantizará los derechos digitales de los ciudadanos. 

En el ámbito notarial se incorpora el testamento digital para garantizar que los familiares y herederos de fallecidos puedan acceder a cualquier correo, whatsapp, foto u otro contenido en cuentas digitales del fallecido, salvo si el difunto lo hubiera prohibido en vida.