Ley 9401. La Provincia de Córdoba adhiere a la Ley Nacional N° 25.506: Ley de Firma Digital.

La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 9401

Artículo 1º.-ADHIÉRESE la Provincia de Córdoba a la Ley Nacional N° 25.506 "Ley de Firma Digital", en los términos del artículo 50 de dicho cuerpo legal.-

Artículo 2º.- EL Poder Ejecutivo determinará la Autoridad de Aplicación de la presente Ley dentro de la Administración Pública Provincial, la que tendrá a su cargo establecer los estándares tecnológicos y de seguridad correspondientes y la modalidad de obtención de los certificados digitales.-

Artículo 3º.- AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a suscribir con los organismos correspondientes del Poder Ejecutivo Nacional los convenios y demás documentación necesaria a los fines de la implementación de la firma digital en el ámbito de la Provincia de Córdoba.-

Artículo 4º.-COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SIETE.-