Comienza la Jornada Notarial 2006 del 27 de Marzo al 8 de Abril.
- 27/03/2006
- México
Del 27 de marzo al 8 de abril
-Por primera vez sin avalúo.
-Presentando tu boleta predial al corriente.
-Para todo inmueble con valor catastral de hasta $800,000.00
-Descuentos del 80% en impuesto de adquisición y derechos.
Ésta Jornada Notarial 2006 tendrá lugar del 27 de marzo al 8 de abril en las 16 delegaciones políticas, divididas en dos etapas. En ella, los mexicanos podrán escriturar sus inmuebles, otorgar testamento ante notario o regularizar sus trámites testamentarios e intestamentarios, como también recibir asesoría jurídica gratuita.
Gran apoyo fiscal y facilidades administrativas, serán las ventajas que recibirán los titulares de los inmuebles que posean un valor catastral menor a 800 mil pesos, pudiendo recibir hasta un 80 % de descuentos en diversos trámites y hasta un 35 % en honorarios notariales.
Si el valor catastral que aparece en la boleta predial del inmueble no excede de $800.000.00 obtendrá condonaciones fiscales de un 80% en: impuesto sobre adquisición de inmuebles, derechos del Registro Público de la Propiedad, por la expedición de los certificados de zonificación y de libertad de gravamen, por informes de testamento en el Archivo General de Notarías y constancias de adeudos.
En inmuebles no tendrá que tramitar un avaluó, debiendo comprobar un ingreso mensual de hasta $4,380.30, requiriéndose una simple manifestación bajo protesta de decir verdad ante Notario.
Los Notarios harán un descuento del 35% de sus honorarios, según arancel.
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
I.- Para Escrituración de inmuebles, será necesario copia simple legible de:
Boleta predial al corriente.
Escritura o título de propiedad.
Contrato privado de compraventa.
Acta de matrimonio del enajenante.
Identificación oficial con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
Sentencias judiciales antecedentes, en su caso.
II.-Para sucesiones intestamentarias y testamentarias, será necesario copia simple legible de:
Boleta predial al corriente.
Escritura o título de propiedad.
Acta(s) de defunción.
Acta de matrimonio del autor de la sucesión o de los presuntos herederos que hubieren fallecido.
Actas de nacimiento de los presuntos herederos.
Copia del testamento, en su caso.
Identificación oficial con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional).
Poder notarial, en su caso.
Avalúo vigente, si se tiene.
III.-Para testamentos, será necesario copia legible de:
Identificación oficial con fotografía (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional) del testador y eventualmente dos testigos.
Testamento anterior, si lo hubiere.