“…la sociedad ha de pedirle al Notariado que no aparte de sí su cáliz”.
- 16/06/2008
- Cuba
Fue ésta una de las frases que signó el discurso de salutación a la VII JORNADA INTERNACIONAL DE LA SOCIEDAD DEL NOTARIADO CUBANO Y AL TERCER ENCUENTRO INTERNACIONAL DE DERECHO NOTARIAL celebrados en La Habana, Cuba, entre el 29 y el 31 de mayo de 2008, mensaje que pronunció el Dr. Leonardo B. Pérez Gallardo, Vicepresidente de la Sociedad Cubana de Derecho Civil y Familia de la Unión Nacional de Juristas de Cuba, insigne Notario cubano, Profesor Universitario y uno de los principales organizadores de ambos cónclaves.
Y comenzó su mensaje de saludo el Dr. Pérez Gallardo: “…., sinceramente nos embriaga la emoción. Hace más cincuenta años, en 1952, nos correspondía organizar el III Congreso de la Unión Internacional del Notariado Latino, nos constituíamos en la tercera nación que organizaba estos congresos, después de Argentina y España, pero el tristemente conocido golpe de Estado de marzo de 1952, no solo enlutó al país, sino también al notariado, que vio esfumarse la posibilidad de albergar tan magna cita. Hoy, con más modestas pretensiones, pero con el júbilo y entusiasmo de siempre, acogemos estas Jornadas. Para ello hemos puesto todo el empeño, tesón y entrega en pos del éxito. Apostamos por ello. Y lo hacemos con amor. Si algo caracteriza al cubano es su entrega apasionada por los proyectos que construye”.
Apuntó el doctor Notario y Profesor Cubano: “El Tercer Encuentro Internacional de Derecho Notarial nos convoca a reflexionar sobre los desafíos del Notario en sede de Derecho de Familia. No tengo dudas que la familia, célula esencial en cualquier sociedad, requiere una tuición especial. Las instituciones del Derecho de Familia no pueden tener el mismo tratamiento legal que las del Derecho Civil, porque su naturaleza es diferente, pero aún así, el Derecho Notarial, como Derecho cautelar, preventivo por excelencia, puede garantizar el pleno y efectivo ejercicio de los derechos subjetivos en su estadio no patológico. Con ello, gana la sociedad, y especialmente la familia. Los recientes cambios normativos en sede familiar, la desjudicialización del divorcio sin hijos en Brasil, Ecuador y Perú, atribuyéndose su competencia a los notarios, e incluso con hijos en países como Colombia y Cuba, el conocimiento en sede notarial de la autorización del matrimonio, de la delación voluntaria y testamentaria de la tutela, incluso de la adopción en algunos países de Centroamérica, amén de la instrumentación de las capitulaciones matrimoniales por escritura pública, dan prueba de la confianza que los legisladores tienen en el Notariado. Estas novedades legislativas, son fiel expresión de los vientos que soplan en Latinoamérica a favor de la institución notarial. Afianzan la credibilidad en el notariado. Ello, sin sacrificar ni un ápice la seguridad jurídica, la protección del interés superior del menor, la tuición de los incapacitados judicialmente, y de los intereses del cónyuge menos favorecido económicamente. La institución notarial no riñe con las instituciones familiares. Atribuir competencia notarial, no significa privatizar el Derecho de Familia, el notario desempeña una función pública, vela por los intereses públicos, a la vez que logra combinar la seguridad jurídica con la celeridad que los tiempos en que vivimos, exigen. Desjudicializar instituciones familiares, no supone, en modo alguno, erosionar las normas imperativas del Derecho Familiar. Se puede lograr una plena protección de los sagrados intereses que cautela el Derecho Familiar desde el Derecho Notarial, estoy seguro que los aquí reunidos también confiamos en ello. En 1966, ante la Asociación de Juristas Europeos, en Lille, el notario de Avignon, André LAPÉYRE pronunció una interesante conferencia en la que expresó que el itinerario del Derecho Notarial “no debe ser eclipsado jamás por el brillo de una bella contienda. El derecho contencioso es el derecho de los accidentes; no es el derecho de las creaciones. El derecho notarial no es el derecho de gentes enfermas, sino el derecho de personas saludables”.
Y remarcó el Profesor Dr. Pérez Gallardo en sus palabras inaugurales: “Cuando en 1937 por Ley de 17 de diciembre, se desjudicializa por primera en Cuba el divorcio, un estudioso de dicha Ley expresó: “(...) La Ley Notarial abre un anchuroso campo al profesional del notariado; sin restarle seriedad ni garantía, ganarán los procedimientos esa prontitud que informa las actividades todas de la vida moderna; contribuirá, en gran modo seguramente, a descongestionar los Juzgados, disminuyendo las labores que pesan sobre ellos, para beneficio de los Juzgados mismos y de los que allí acuden. Amén de las ventajas y comodidades que comporta para las partes el poder tramitar y resolver en derecho, en el ambiente íntimo, aunque no despojado de austeridad, de una Notaría, los asuntos que obligaban a recurrir a los templos de Themis, no por sagrados menos ingratos para los no habituados a su comercio con la diosa”
“Nadie mejor que el Notario para enfrentar estos retos, como apuntara hace años VALLET DE GOYTISOLO ´la educación del notario en el arte de lo justo requiere que nos percatemos de que la visión de lo concreto no ha de nublarnos ni impedirnos ver la perspectiva general (…) es preciso comprender que no podemos limitamos a esta visión genérica (…) olvidando lo que de concreto tiene nuestra personalidad plena de hombres, que vivimos en un lugar geográfico y en un momento histórico, político y cultural determinado, soslayando así indebidamente los datos especiales y concretos que maticen cada cuestión planteada. La consecución de esta visión, equilibradamente general y específica a la vez, constituye un logro fundamental para educar en el sentido de lo justo, imprescindible para el notario´ , esencial apuntaría yo, al instrumentar los actos del Derecho Familiar, en el que lo justo, desplaza muchas veces a las más elaboradas construcciones técnicas more geométrico”.
Finalmente fue preclaro el Dr. Leonardo B. Pérez Gallardo cuando en los párrafos finales de su disertación inicial, fijó posiciones sobre el rol del Notariado en la actualidad, al significar: “Somos los protagonistas de nuestra época, y por tal motivo, debemos esculpir como orfebres del Derecho que somos, la obra que construimos. Vivimos en sociedades que desafían a cada momento la inteligencia humana y estamos llamados, hoy quizás más que nunca, a hacer realidad aquellas palabras sentenciadas hace ya muchos años por José María DE PORCIOLES cuando expresara:
“Ninguna institución como la notarial para estudiar y exteriorizar nuevas orientaciones jurídicas. Consejero de las partes, magistrado de las familias, apóstol de la ley, sancionador de relaciones privadas -en ciertos aspectos comparable con la augusta función del pretor- tiene el notario el privilegio, al par de la gran responsabilidad, de recoger las manifestaciones embrionarias de la vida jurídica a las que, tras un fecundo proceso constitutivo debe darle forma legal, sin más directriz, muchas veces, que la dogmática y los principios generales del derecho”.
"Si el notariado no crea jurisprudencia, le aporta en cambio, inéditas fórmulas, abre cauces de nuevas concepciones doctrinales y coloca los primeros sillares de la futura legislación".
“El Notariado vive por y para la sociedad. Por ello la sociedad ha de pedirle al Notariado que no aparte de si su cáliz. Es el cáliz en el que todos hemos de abrevar, si queremos garantizar la paz y seguridad jurídica exigidas. A ello estamos encomendados”.