Decano del Colegio de Notarios de Lima demanda modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado por propiciar la corrupción.

Decano del Colegio de Notarios de Lima demanda modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado por propiciar la corrupción.

 

Decano del Colegio de Notarios de Lima demanda modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado por propiciar la corrupción

 

El Colegio de Notarios de Lima (CNL), por intermedio de su decano Edgardo Hopkins Torres, demandó al Poder Ejecutivo la inmediata modificación del Decreto Supremo 344-2018-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; pues favorece la corrupción en las contrataciones públicas que se realizan diariamente y por montos que la Contraloría General de la República ha estimado en 24,268 millones de soles, en su último informe sobre corrupción e inconducta funcional, correspondiente al año 2023.

 

Tan grave situación se presenta, afirmó el decano del CNL, debido a que las etapas de presentación de propuestas y otorgamiento de buena pro de tales concursos y licitaciones ya no cuentan con la participación de los notarios, quienes brindaban la necesaria seguridad jurídica y transparencia a tales actos, como lo exige la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

 

En efecto, la Ley 30225 (artículo 22, inciso 3) regula la participación del notario en los procedimientos de licitación pública y concurso público. Dice el articulado que "Los actos públicos deben contar con la presencia de notario público”; “Su actuación es desarrollada en el reglamento". Sin embargo, el Reglamento (D. S. 344-2018-EF) elimina completamente la participación del notario público en los procesos de Licitación y Concurso Público. Este reglamento desnaturaliza la Ley de Contrataciones y ha dado paso a una serie de actos de corrupción en los grandes procesos de contratación pública desde esa fecha.

 

Ante una demanda de acción popular contra el Reglamento de la Ley de Contrataciones, impulsada por el Colegio de Notarios de Lima; la Tercera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Lima resolvió el 08 de julio del 2022 declarar fundada la demanda, estableciendo la nulidad de los artículos 28, 73.1 y 81.1 de dicho Reglamento, que obvian al Notario, y ordena “su expulsión del ordenamiento jurídico por contravenir la Constitución y la ley”.

 

Si el Poder Judicial confirma la nulidad de la norma que elimina la participación del notario público en los procesos de contratación, podría declarar con efecto retroactivo la nulidad de las contrataciones realizadas durante ese lapso. Acudiremos, señaló el decano del CNL, al Congreso de la República a dejar constancia de estos hechos que revisten gravedad para el correcto uso de los recursos del Estado.