Los notarios públicos de Costa Rica deben inscribirse como trabajador independiente para ejercer.
- 08/10/2015
- Costa Rica
La Dirección Nacional de Notariado de Costa Rica por un comunicado oficial establece que si el profesional no realiza dicha inscripción queda inhabilitado para el ejercicio profesional.
Solo rige para los notarios actualmente activos, pero los notarios nuevos o aquellos que deseen rehabilitarse como tales, deberán presentar la documentación que los acredite como tales según lo establecido por la Dirección Nacional de Notariado (DNN).
Los profesionales tienen un tiempo de 6 meses para cumplir dicha normativa.
"Para ser y mantenerse habilitado en el ejercicio del notariado, el solicitante o Notario Público debe estar inscrito en la Caja Costarricense del Seguro Social y al día en las obligaciones con esa institución y con las contribuciones sociales recadadas por dicha institución. La Dirección Nacional de Notariado verificará la inscripción referida en el punto primero anterior y su cumplimiento, a través de los medios dispuestos por la Caja Costarricense del Seguro Social, para esos efectos. De haber incumplimiento en la inscripción o en estar al día, en cualquiera de las dos circunstancias mencionadas, la Dirección Nacional de Notariado procederá a denegar la habilitación o a iniciar el procedimiento de inhabilitación, según corresponda.” En cumplimiento de lo preceptuado por el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social.