Notarios deberán cumplir sentencia sobre matrimonios entre parejas del mismo sexo.
- 17/05/2016
- Colombia
SENTENCIA SU-214 CORTE CONSTITUCIONAL
Supernotariado recuerda que matrimonios celebrados en Colombia, a partir de junio 20 de 2013, gozan de plena validez jurídica.
Bogotá, D.C., 16 de mayo de 2016 – SNR –
Tras conocerse el alcance de la sentencia SU-214 de 2016 de la Corte Constitucional, que declaró que los matrimonios civiles entre parejas del mismo sexo, celebrados en Colombia a partir del 20 de junio de 2013 gozan de plena validez jurídica, el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García, pide a los notarios cumplir con el mandato de dicha sentencia.
Vélez García recordó que la sentencia de la Corte tiene el propósito de “superar el déficit de protección reconocido en la sentencia C-577 de 2011, en relación con las parejas del mismo sexo en Colombia”.
Además el superintendente de Notariado y Registro agregó que “la corte extendió los efectos de su Sentencia de Unificación a los pares o semejantes, es decir a todas las parejas del mismo sexo que hayan acudido ante los jueces o notarios del país y se les haya negado la celebración de un matrimonio civil, debido a su orientación”.
Por esta razón y teniendo en cuenta el mandato de la honorable Corte Constitucional la Superintendencia de Notariado y Registro le solicita a todos los notarios del país dar cumplimiento estricto a los dispuesto en la sentencia SU-2014 de 2016, en lo que corresponde a la prestación del servicio público notarial.