Notarios de Puerto Rico están facultados a disolver matrimonios.
- 31/07/2017
- Puerto Rico
Gobernador Rosselló Nevares convierte en ley medidas que garantizan el acceso a la justicia.
El gobernador Ricardo Rosselló Nevares convirtió en ley el Proyecto de Cámara 1002, el Proyecto de la Cámara 378 y la Resolución Conjunta del Senado 120 que garantizan servicios legales más eficientes y accesibles.
“La firma de estos proyectos reafirma el compromiso que le hicimos al Pueblo de brindarles mayor acceso a servicios legales a las personas de escasos recursos aún en tiempos de grandes retos fiscales. Necesitamos ser sensibles con los sectores más vulnerables y ese ha sido nuestro norte”, expresó el gobernador.
El Proyecto de la Cámara 1002 de la autoría del presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez, transfiere nuevos fondos a organizaciones que proveen servicios de orientación y asistencia legal a personas de escasos recursos en asuntos de naturaleza civil y notarial.
La nueva ley allega mayores fondos a una de las entidades que históricamente ha asumido el mayor volumen de casos civiles entre personas de escasos recursos —Servicios Legales de Puerto Rico, Inc.— y a otras entidades.
Asimismo, establece que dichos fondos deberán ser utilizados para brindar servicios de orientación y asistencia legal a personas de escasos recursos y proveer educación legal continuada a los abogados.
Además, se fortalece el Fondo para el Acceso a la Justicia, que ha estado inactivo pues no se le otorgaron fondos para operar durante los años fiscales 2013-2014 y 2014-2015. Por esto, el Fondo ha tenido poco que ofrecer a las entidades que proveen representación legal gratuita a las personas de escasos recursos.
A tono con lo anterior, el proyecto establece que el dinero recaudado por las suspensiones en casos civiles y criminales deberá ser remitido para el pago de gastos y honorarios a los abogados de oficio nombrados por el tribunal.
También expresa que cualquier sobrante o el 25% del dinero recaudado —lo que sea mayor— se asignará al Fondo para Acceso a la Justicia de Puerto Rico, para ser repartido entre las organizaciones sin fines de lucro que le brindan servicios legales en casos de naturaleza civil, de familia y administrativo a las personas de escasos recursos.
El presidente de la Cámara expresó que "resulta imperativo fortalecer las entidades que históricamente han asumido el mayor volumen de casos civiles entre personas de escasos recursos en Puerto Rico, a saber, Servicios Legales de Puerto Rico Inc. y el Colegio de Notarios. Queremos que la mayor parte de las instituciones que dan la mano a nuestra gente, tengan los recursos necesarios para hacerlo."
Asimismo, el presidente cameral indicó que "debe quedar claro que aunque esta ley no va a resolver el problema en un instante —no es una 'varita mágica'— tiene la intención específica de proveer las herramientas necesarias para ofrecer servicios legales a personas de escasos recursos”.
También, Méndez añadió que “el cuatrienio pasado hablaron mucho, pero no actuaron, pues la ley que aprobaron no tenía disposiciones sobre cómo se obtendrían los ingresos”. “Sin embargo, este Gobierno fue electo para resolver los problemas de todos los sectores y eso es lo que haremos", agregó.
De otro lado, el Proyecto de la Cámara 378 del representante José E. Meléndez Ortiz, establece un proceso accesible y justo para que las personas puedan disolver su matrimonio.
La medida que contó con el apoyo contundente de todas las delegaciones de minoría en la Asamblea Legislativa, faculta a los notarios a realizar estos procedimientos de forma más eficiente, al tiempo que descongestiona los tribunales para que puedan atender con premura otros asuntos judiciales.
Finalmente, la Resolución Conjunta del Senado 120, de la autoría del senador Carmelo Ríos, asigna la cantidad de $550,811 para que la Sociedad para la Asistencia Legal continúe ofreciendo servicios legales de excelencia a personas indigentes y vulnerables.
El primer mandatario expresó que “es una prioridad que cualquier persona, independientemente de su condición social o económica, tenga la posibilidad de acudir a los sistemas de justicia para la protección de sus derechos y la resolución de conflictos”.