Notarios y Registradores verán rebajados sus arancesles para adaptarse a la Ley de Sociedades Profesionales.
- 08/09/2007
- España
Los aranceles de Notarios y Registradores bajarán un 30% para asegurar la adaptación de estas dos profesiones a la Ley de Sociedades Profesionales.
Un Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros del 31 de agosto, garantiza esta rebaja que afecta específicamente a la autorización y registro de los actos y documentos precisos para la adaptación de estas sociedades.
No obstante, recordar que la Ley de Sociedades Profesionales, de 15 de mayo de 2007, establece la obligación de constituirse en este tipo de sociedad a todas aquellos que tengan por objeto el ejercicio en común de una actividad profesional. La normativa les deja, sin embargo, la libertad de acogerse a cualquiera de los tipos societarios existentes en la actualidad en España, respetando unas reglas de especialización marcadas por la nueva Ley.
Para facilitar la adaptación, la Ley concede un plazo de un año, incentivando así la constitución de las sociedades que existieran con anterioridad, con una exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en los actos y documentos precisos para tal fin. Al mismo tiempo, la normativa contemplaba la reducción de los derechos que los Notarios y Registradores debieran percibir como consecuencia de la aplicación de los respectivos aranceles.