Conclusiones Tema I del XXX Congreso Internacional del Notariado.

Conclusiones Tema I del XXX Congreso Internacional del Notariado.

 

XXX Congreso Internacional del Notariado
Cancún, México  del 1 al 3 de diciembre de 2022

Tema I:

“El ejercicio de la función pública notarial en el ámbito virtual.”

Coordinador Internacional: Not. Carlo Alberto Marcoz (Italia)


CONCLUSIONES

El XXX Congreso Internacional del Notariado se celebra justo después de
la aparición de la gran pandemia de Covid-19 y en un momento de gran y rápida
innovación en todos los ámbitos, económicos y sociales, desde la producción de
bienes hasta la prestación de servicios, desde la comunicación hasta la forma en
que las personas se relacionan entre sí.

La digitalización de la sociedad y la desmaterialización son hoy un gran
reto para el notariado en todos los países.

1. En casi todos los países, los notarios utilizan instrumentos digitales en el
ejercicio de su función.

La difusión de los sistemas de redacción de los documentos sobre soportes
digitales puede facilitar la gestión de los expedientes y permitir a los notarios una
labor más simple. El acceso directo a los registros públicos por medios
electrónicos acelera los procedimientos, tanto para los usuarios como para las
instituciones. La gestión directa de determinados registros permite una
información rápida y completa.

El ejercicio de la función notarial a través de las nuevas tecnologías
permite una gestión más rápida y eficaz de los datos y un mejor resultado
para los ciudadanos; la función del notario, como funcionario público
imparcial que atribuye a los actos una seguridad y una fuerza fundamentales
en los ámbitos socioeconómicos más importantes, permanece inalterado.

El uso de sistemas digitales también puede facilitar la relación del notario
con los requirentes y darle ventajas en términos de eficiencia en su trabajo y
modernización de su imagen.

La sociedad ha avanzado hacia la digitalización de las relaciones humanas.
Este fenómeno socioeconómico genera una brecha entre los ciudadanos
alfabetizados digitalmente y los que son víctimas del analfabetismo digital, ya sea
por su vulnerabilidad o por la falta de infraestructuras. Todos los ciudadanos, pero
sobre todo estos últimos, demandan agentes que les escuchen, les respondan y les
proporcionen seguridad jurídica preventiva. Está en la naturaleza del notario
acompañar a las personas vulnerables y tendrá que adaptar sus métodos para
mantener el vínculo de confianza y proximidad.


2. Quizás la mayor innovación a la que se enfrentan los notarios es la
consecución de sistemas para la celebración de documentos públicos con
comparecencia "online" (en línea) de las partes.

La cuestión ya no es si se puede realizar un "acto en línea", sino cómo se
puede realizar con todas las garantías propias del ejercicio de la función notarial.
Los sistemas biométricos podrían facilitar el control notarial, que no se
limita sólo a la identificación: El notario comprueba la voluntad, la capacidad y el
libre consentimiento de las partes.

La identificación de las partes debe seguir siendo responsabilidad del
notario; las distintas soluciones técnicas adoptadas deben apoyar la actividad
del notario, que es el responsable último y el garante de la identificación.

La comprobación de la voluntad, la capacidad y el libre consentimiento
de las partes sigue siendo el elemento fundamental del ejercicio de la función
notarial; a la menor duda, el notario debe poder rechazar la celebración del
acto por videoconferencia.

La intervención notarial en las transacciones electrónicas puede ofrecer
flexibilidad sin comprometer la seguridad jurídica.
Para el ejercicio de la actividad notarial con sistemas de identificación en
línea sería deseable poder acceder a las bases de datos nacionales, incluyendo los
datos biométricos de los ciudadanos.

El problema de la competencia territorial se plantea, a nivel interno, en
todos los países en los que la ley prevé una competencia limitada para el ejercicio
de la función notarial. La cuestión también se plantea a nivel internacional: existe
un riesgo de conflicto entre los diferentes sistemas jurídicos nacionales.

Será necesario proponer nuevas normas a nivel internacional: se puede
proponer una clasificación de los actos notariales según la conexión más
fuerte que se aplique a la naturaleza del acto como base para los puntos de
conexión.

La UINL deberá encargarse, de proponer soluciones y promover los
acuerdos internacionales necesarios para el reconocimiento mutuo de los
documentos públicos con fuerza ejecutiva, con el fin de facilitar la circulación de
nuestros documentos por vía informática.

3. La responsabilidad es, además, el valor añadido que el notario puede dar
a las transacciones realizadas en línea: un tercer sujeto, que garantiza con su
presencia la seguridad de los datos (identidad de las partes, verificación de su
voluntad y de las partes, control de la legalidad) y, gracias a esta responsabilidad,
atribuida y gestionada por el Estado que forma y controla el ejercicio de la función
notarial, da a los actos un valor probatorio y ejecutivo particular.

Todo notario debe aprender a manejar los instrumentos digitales con
eficacia y a mantenerse al día en la sociedad moderna, en constante evolución.
Los notarios y las instituciones notariales deben demostrar que la
función notarial no puede ser sustituida por procedimientos tecnológicos: el
notariado debe dar respuestas concretas a la demanda de seguridad de los
datos con una oferta que, más allá de los medios empleados, refleje el papel
de garante de la seguridad jurídica.