Escribanos de Buenos Aires hacen su manifiesto al Decreto 962/2018.

Escribanos de Buenos Aires hacen su manifiesto al Decreto 962/2018.

 

 

Son muchos los notarios colegiados

en Buenos Aires que

expresan su repudio

en relación al decreto

 dictado el dìa 26 de Octubre 

 publicado en el Boletín Oficial

el día 29 del mismo mes.

 

Sostienen que transgrede el orden constitucional de la República y conculca preceptos de tal raigambre, tan básicos como el derecho a la propiedad, en la medida en que siembra inseguridad jurídica. Y en tal sentido hacen su manifiesto: 

"Es así que el art. 3 del decreto equipara la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) con la intervención del escribano, juez de paz o funcionario competente. Ello implica una irregular reforma del art. 3 de la ley 17801, que permite, para los casos de excepción que las leyes establezcan, anotar o inscribir instrumentos privados, siempre que la firma de los otorgantes esté certificada por alguno de los oficiales públicos antes mencionados. Luego, mal puede un decreto modificar una ley, lo que afecta el ordenamiento dispuesto por nuestra Carta Magna, por aplicación de los arts. 75, inc. 12, y 99, inc. 22, pues el Presidente de la Nación expide las instrucciones y reglamentos que sean necesarios para la ejecución de las leyes, mas cuidando no alterar su espíritu con excepciones reglamentarias, como ocurre en este caso.

No es posible soslayar que, si bien puede sostenerse que los boletos de compraventa resultan inscribibles, por aplicación de la preceptiva del art. 1170, inc. d), del Código Civil y Comercial, lo cierto es que esa inscripción debe cumplir con los requisitos claramente establecidos por el art. 3 de la ley 17801, que no puede ser modificada por decreto.

El decreto, lejos de respetar la tradición jurídica argentina en materia de inmuebles, ejemplar en el mundo, impide juzgar la voluntad del firmante y, por tanto, prevenir supuestos de violencia, dolo o error; lo que deviene inaceptable.

Las herramientas tecnológicas deben ser puestas al servicio de la función notarial en nuestro país, mas no ser utilizadas con arbitrariedad para excluir al notariado argentino en desmedro del derecho a la propiedad de los ciudadanos.

Resulta alarmante que el propio Estado impulse un sistema que puede vulnerar controles impositivos, tanto nacionales como locales, e, incluso, evadir aquellos establecidos por la Unidad de Investigación Financiera, pues expulsa al notariado, fiel agente de retención e información.

Por otra parte, los arts. 21 y 31 del decreto regulan un régimen similar al de prehorizontalidad, previsto por la ley 19724, derogada por la ley 26094, avasallando la contundente voluntad legislativa de ésta última norma jurídica.

Sentado ello, cabe señalar que el agravio constitucional no solo se dirige hacia la ciudad de Buenos Aires, pues el art. 7 del decreto invita a las provincias a adoptar, por sí o a través de la autoridad local o dependencia que resulte competente, las medidas que fueren necesarias para la implementación de la registración de los boletos de compraventa, tal como se encuentra previsto en el mismo.

Especialmente, el agravio federal emerge del art. 4 del decreto, con el evidente objeto de suprimir las legalizaciones de cada una de las colegiaturas notariales del país, que redunda en una alarmante disminución de ingresos, considera cumplido el requisito de la legalización en los casos de documentos electrónicos firmados digitalmente en los sistemas de Gestión Documental Electrónica (GDE); lo que constituye una severa intromisión del Poder Ejecutivo Nacional en los poderes no delegados o reservados de las Provincias, en los términos del art. 121 de nuestra Constitución Nacional"

Consideran que dicho decreto es inconstitucional solicitando al: "Consejo Federal del Notariado Argentino, en ejercicio de la representación federal que detenta, interponga aquella acción a que hubiere lugar por derecho, con el objeto de declarar la inconstitucionalidad del decreto y el amparo de los colegiados de todo el país".-