Etica Notarial. Comisión de Asuntos Universitarios. Asociación de Escribanos del Uruguay.

COMISION DE ASUNTOS UNIVERSITARIOS.

Hablar de ética hoy en día puede parecer para algunos tema de una utopía, un sueño, un deseo inalcanzable. Basta escuchar informativos, salir a la calle, ver, oír, buscar la comunicación con el otro. Sin embargo, podemos revalorizar el concepto y ver su trascendencia práctica a través de diversos enfoques.    

En cada época histórica hay palabras claves que la definen. En el declarado Año Internacional de la Paz , Ética es una de las palabras que están en discursos, clases, simposios: bioética, ética y medicina, ética e informática, ética y derecho .

Esta sociedad de integración socio-económico cultural planetaria y la del Imperio romano de fines del primer milenio tienen algo en común, en tanto sociedades complejas de gran extensión, integradas por diversidad de pueblos con diferentes culturas y desiguales niveles de desarrollo.

Ius es art bon et aequi (el Derecho es el arte de lo bueno y lo equitativo) expresaba Juventius Celsus según cita Ulpiano en el Libro Primero de las Institutas, expresado luego en el Digesto. Es que la ética se transforma en la única manera posible de permanencia de un sistema global cuya enorme potencialidad, utilizada en forma destructiva, es capaz hoy de terminar no sólo con este sistema, sino con todo el planeta.

No es sólo desde los que siempre estuvimos convencidos de la necesidad de aplicación de los valores éticos desde donde se clama por la ética; hoy se habla de moralización de la economía ; ella deviene una consecuencia necesaria y conveniente para un sistema económico que pretenda funcionar: todo sistema económico se basa principalmente en la confianza; es la legitimación y no la legalidad la que le da vigencia, en el sentido de que en la mayoría de los casos, el sistema debe ser respetado naturalmente, por el propio convencimiento o por la inercia de sus integrantes y usuarios: la fuerza coactiva del derecho penal de cualquier sistema, sólo cumple su función si su aplicación es excepcional.

La moralidad es inherente al Derecho y al Notario desde sus orígenes que lo unían a lo mìstico. Hoy en día el conocimiento profundo del derecho muchas veces es sustituido por la yuxtaposición de datos carente de criterios sobre las esencias jurídicas que constituyen los pilares del sistema: los principios de autonomía y solidaridad, sometidos al de justicia, que entroncan el Derecho a un sistema moral que le es intrínseco y sin el cual carecerá de la permanencia y, en expresiones actuales provenientes del área económica, carecerá de la eficiencia y la eficacia a que todo sistema aspira, como se comprueba al estudiar las causas de la decadencia del Imperio Romano, otro sistema global que, a falta de sustento de estos valores fundamentales, sucumbió balcanizado en múltiples reinados de pueblos bárbaros.

En nuestro país, la actual Facultad de Derecho fue fundada en 1849, pero el carácter de profesión universitaria que hoy tiene la labor del Notario, fue fruto de una larga conquista que culminó con su admisión como tal de acuerdo al decreto ley de 10 de septiembre de 1897. Sin embargo, desde 1853 los Escribanos lucharon por darse una organización gremial.- El Primer Colegio de Escribanos fue aprobado como sociedad privada en 1882 con el cometido entre otros de preparar y tomar exámenes a los aspirantes por método oral y escrito, sirvió pensiones a Escribanos que dejaren de ejercer por razones de edad o enfermedad, a las viudas e hijos menores de colegas fallecidos o incapacitados, se establecieron diferentes cátedras de enseñanza para la preparación técnica de los futuros colegas. Todas estas actividades implican un nivel de solidaridad que por su persistencia y calidad fue lo que logró el reconocimiento legal de la jerarquía de nivel terciario en cuanto al conocimiento habilitante para ejercer la profesión.

Entendemos que ya sea por la plétora profesional, o por la llamada sociedad de consumo , muchas veces se dejan de lado los principios en aras de un estado de necesidad real: cubrir necesidades primarias mínimas, o de un estado de necesidad virtual: tener el último modelo de... cualquier producto sofisticado del mercado. El Notario no escapa a la presión a la masificación y al consumo que se ejerce a través de la publicidad y otros medios.

Pero tiene el suficiente nivel de conocimiento para saber que Moral y Derecho son dos conceptos indisolublemente ligados y que, como expresara el Premio Novel de la Paz, Adolfo Pérez Esquibel, hace unos días en el Paraninfo de nuestra Universidad: los universitarios tienen muchas ideas, pero deben tomar conocimiento de la situación real de las personas que como María de la favela, venga a enseñarles lo que es la ética práctica.

La calidad de profesional universitario distingue al Notariado Latino del Notariado Sajón, en cuanto éste carece de dicha formación, y le obliga a cumplir una función pública, (en nuestro país de ejercicio privado) asesora, formativa y autenticante de la voluntad de las partes, considerándose deberes éticos: la imparcialidad, el secreto profesional, la rectitud, la ciencia y la conciencia.

Este carácter de función pública, implica la satisfacción de una necesidad de interés general a la sociedad, que tiene por finalidad cooperar al logro de la seguridad jurídica, en el ámbito del derecho privado, logrando la paz social mediante la prevención de conflictos, constituyendo un órgano de garantía cautelar que ejerce la justicia privada como aplicador del Derecho en cada caso concreto, para el que se requiere su actuación.

En el ámbito del Notariado Latino, la función del notario constituye garantía del buen funcionamiento de la justicia preventiva, al que se denomina magistrado de la paz jurídica , facilitando el cumplimiento de uno de los fines del Estado: la aplicación pacífica y espontánea del Derecho.

En el nuevo orden actual, el retiro del Estado de las funciones sociales desarrolladas durante la aplicación de la concepción del Estado Benefactor , la liberalización económica, el impacto de la llamada globalización , de la expansión de grandes grupos económicos transnacionales que constituyen núcleos de concentración de capitales, tecnología e información, la multiplicidad de las leyes, ( big-bang legislativo), su segmentación por áreas, en las que la legislación especial deroga los principios generales codificados, áreas que contienen disposiciones excepcionales para determinados grupos, tornando residuales a las normas generales, en una evolución del contrato al Derecho Estatutario, la labor del aplicador jurídico se intensifica, y lograr la autonomía e independencia del Notario se torna más que en otros tiempos, una exigencia imprescindible, no sólo para el ejercicio de la función, sino para el logro de la paz jurídica en base al respeto y defensa de los derechos humanos fundamentales y no en base a la fuerza, el poder o el saber.

La Etica es un deber notarial y un deber como ser humano integrante de este planeta y su vigencia se demuestra en los hechos de cada día, en el ejercicio de la profesión y en la vida. Es a la vez la única solución para un mundo cada vez más interdependiente, que sólo podrá sobrevivir si se transforma en base a la ética y a la solidaridad en un mundo confiable, en que los seres humanos puedan desarrollar plenamente sus potencialidades en beneficio propio y de la comunidad.